En materia laboral, los plazos para reclamar son breves y estrictos. Una de las consultas más frecuentes que recibimos en nuestro despacho es: ¿cuánto tiempo tengo para reclamar una indemnización por despido, salarios impagados o por daños derivados de una relación laboral? Conocer estos plazos es fundamental, ya que el incumplimiento del plazo legal supone la pérdida automática del derecho a reclamar.
En este artículo te explicamos de forma clara los principales plazos para reclamar indemnizaciones laborales, según el tipo de conflicto o derecho afectado.
1. Reclamación por despido: 20 días hábiles
El plazo más corto —y uno de los más importantes— es el que se aplica para impugnar un despido (disciplinario, objetivo o colectivo). Desde la fecha del despido, el trabajador dispone de:
📅 20 días hábiles (no se cuentan sábados, domingos ni festivos)
Durante ese plazo, debe:
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Presentar papeleta de conciliación ante el SEMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación).
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Si no hay acuerdo, interponer demanda ante el Juzgado de lo Social.
👉 Importante: Si no se actúa dentro de este plazo, el despido se considerará firme y no podrá ser impugnado, ni siquiera aunque sea improcedente o nulo.
2. Reclamación de salarios e indemnizaciones económicas: 1 año
Si lo que se reclama son cantidades económicas derivadas del contrato de trabajo, como:
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Salarios impagados
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Horas extras
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Pagas extraordinarias
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Vacaciones no retribuidas
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Indemnizaciones por finalización de contrato temporal
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Diferencias salariales
El plazo general de prescripción es de:
📅 1 año desde el momento en que la deuda es exigible
Es decir, si por ejemplo no te han pagado la nómina de mayo, el plazo para reclamarla finaliza un año después de la fecha en que debió haberse abonado.
3. Reclamación por accidente laboral o daños: 1 año
En caso de que el trabajador haya sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional con resultado de daño físico, psicológico o económico, también puede reclamar una indemnización por responsabilidad civil o recargo de prestaciones.
El plazo para ejercer este tipo de reclamaciones es de:
📅 1 año desde que se consolidan las lesiones o secuelas
(no desde el accidente en sí, sino desde que el trabajador conoce el alcance del daño)
Este tipo de reclamaciones pueden dirigirse contra:
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La empresa
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Las mutuas de trabajo
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Las aseguradoras
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O incluso contra la Administración, en el caso de trabajadores públicos
4. Reclamaciones frente a la Administración Pública (empleo público)
En el caso del personal funcionario o laboral al servicio de las Administraciones Públicas, los plazos para reclamar varían ligeramente, especialmente si se trata de:
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Actos administrativos (denegaciones, sanciones, ceses, etc.)
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Omisiones o falta de respuesta de la Administración
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Responsabilidad patrimonial
En general, el plazo para presentar recurso administrativo o demanda es de:
📅 1 mes si se trata de recursos administrativos
📅 2 meses si se interpone demanda ante lo contencioso-administrativo
📅 1 año en reclamaciones por responsabilidad patrimonial del Estado
¿Qué ocurre si el plazo vence?
Una vez transcurrido el plazo legal sin que se haya presentado la reclamación correspondiente, se pierde el derecho a ejercer la acción. En Derecho Laboral, no se puede interrumpir el plazo fácilmente, salvo en determinados casos (como presentación de papeleta de conciliación o actos de conciliación previos).
Por ello, es fundamental actuar con rapidez y consultar con un abogado laboralista cuanto antes.
Recomendación profesional
Desde Paula Luengo Abogada, recomendamos:
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Guardar toda la documentación laboral (contratos, nóminas, correos, etc.)
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No esperar al último día para actuar
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Solicitar asesoramiento jurídico desde el primer momento en que detectes una irregularidad o conflicto
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Tener en cuenta que algunos conflictos pueden requerir conciliación previa obligatoria, lo que no detiene todos los plazos
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En nuestro despacho te ofrecemos asesoramiento personalizado para reclamar salarios impagados, impugnar despidos, exigir daños por accidente laboral o conflictos con la Administración.
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